Tras dejar claro en la primera parte de este artículo que la licitud de la pena de muerte es refrendada por las Sagradas Escrituras, por la doctrina de los Padres y los doctores de la Iglesia, por el Magisterio de los Papas, y por la práctica más que milenaria en la Cristiandad y los Estados Católicos, en esta segunda parte propongo exponer y refutar algunos argumentos en contra de la pena de muerte. Finalmente, en la tercera y última parte, examinaré el giro de 180 grados que ha dado la Iglesia Católica en su posición en esta materia.
Respuesta: No es lo mismo ejecutar a un criminal sangriento tras un juicio justo, que asesinar a una persona inocente. Todos tenemos un sentido inherente de justicia, porque Dios ha inscrito Su Ley en cada corazón humano. Por ello sabemos que cada uno debe recibir lo que se merece. Algunos criminales se merecen la muerte, mientras nadie podría decir lo mismo, por ejemplo, de un niño que es brutalmente asesinado. Sin embargo, los abolicionistas suelen cerrar los ojos ante esta obviedad y olvidar la diferencia esencial entre los asesinos y sus víctimas. El Estado debe ejecutar a los criminales, no por sed de venganza, sino por hacer justicia; es decir, dar a cada uno lo que se merece.
Segundo argumento abolicionista: La pena de muerte es cruel, porque priva al individuo de la posibilidad de rehabilitación.
Respuesta: El derecho a la rehabilitación, si es que existe realmente, no es un derecho absoluto, sino que tendrá que conjugarse con otros imperativos. Lamentablemente hoy en día en muchos países occidentales (incluyendo España) la rehabilitación de los delincuentes se ha convertido en el fin primario del sistema penal. Esto es una aberración, porque invierte la jerarquía de fines de la Justicia. La primera consideración de la Justicia debe ser dar a cada uno lo suyo; a las víctimas hay que darles retribución acorde a su pérdida, y a los criminales hay que darles castigo acorde a su crimen. Además, se debe hacer todo a la luz pública, para que los ciudadanos vean que el crimen recibe su justo castigo, y así disuadir a cualquiera de cometer actos delictivos. La Justicia también debe velar por el orden público. No pueden dejar sueltas a personas que suponen un peligro para la sociedad. Sólo después de estas consideraciones se puede tener en cuenta una posible rehabilitación del delincuente.
Los irreligiosos hablan mucho de la rehabilitación del delincuente, pero nada les importa su alma. Cuando un asesino convicto tiene que enfrentarse a la muerte por ejecución, si es acompañado por un sacerdote y se arrepiente de sus pecados, tiene casi garantizada la salvación de su alma, a la manera del Buen Ladrón; mientras el que se pudre año tras año en la cárcel probablemente endurecerá su corazón, dejando el arrepentimiento para un “más adelante” que nunca llega. El periodista Vittorio Messori habla de esto en su libro, Leyendas Negras de la Iglesia, cita un proverbio: De cien ahorcados, uno condenado. Messori también cita a Santo Tomás de Aquino, quien enseña que la pena de muerte puede obrar en beneficio del criminal:
La muerte que se inflige como pena por los delitos realizados, levanta completamente el castigo por los mismos en la otra vida. La muerte natural, en cambio, no lo hace.Tercer argumento abolicionista: Ahora sabemos que la vida humana es sagrada porque es de Dios, por lo que nadie, ni siquiera el Estado, tiene potestad para quitarla.
Respuesta: Este argumento típico de los católicos liberales parte de una premisa anti-católica que hay que desenmascarar. Es la idea del Progreso, en el sentido evolucionista hegeliano. Para los liberales todo está en continuo progreso; de esta manera lo que antes se decía que estaba bien, ahora se puede decir que está mal, y vice-versa. Todo lo que leemos sobre la pena de muerte en las Escrituras, todo lo que enseñaron los Padres de la Iglesia, para los liberales queda superado, porque según ellos la Humanidad ha entrado en un nivel superior de conciencia. Para ellos no existen unas verdades inmutables, ni una moral objetiva; todo depende de las circunstancias. Pero si aplicamos sus teorías a la exégesis bíblica, llegamos a conclusiones que sólo se pueden calificar de blasfemas. ¿Cómo pudo Dios declarar a la Humanidad por medio de Noé que se diera muerte a los que vierten sangre inocente, si ahora resulta que esto es un crimen contra los Derechos Humanos? ¿No fue precisamente porque las personas estaban hechas “a imagen de Dios” que el asesinato conllevaba un castigo tan severo? [1]
La noción del “derecho inviolable a la vida” es algo que usan los liberales para argumentar en contra de la pena capital. Las palabras de Pio XII, que cité en la primera parte del artículo, dan respuesta a esta objeción:
Incluso en el caso de la pena de muerte el Estado no dispone del derecho del individuo a la vida. Más bien la autoridad pública se limita a privar al delincuente de la vida en expiación por su culpabilidad, después de que él mismo, con su crimen, se ha privado del derecho a la vida.
Cuarto argumento abolicionista: La pena de muerte es inútil, porque no disuade a los criminales. La mayoría de asesinatos se cometen en arrebatos de ira, cuando el individuo no es capaz de pensar en las consecuencias de sus actos.
Respuesta: Lo primero que hay que decir es que los datos no son concluyentes. Es muy difícil establecer el efecto disuasorio que tiene la pena de muerte, porque hay muchísimos variables, y no se pueden comparar países o épocas distintos. Se han realizado muchos estudios; algunos parecen demostrar que sí funciona el efecto disuasorio, y otros no. Pero aunque se pudiera demostrar definitivamente (cosa que dudo) que la pena de muerte no tiene efecto disuasorio alguno, no sería un argumento irrebatible en contra de su uso, porque aparte de disuadir a los delincuentes de cometer sus fechorías, la pena de muerte tiene el fin principal de hacer justicia; dar a cada uno lo que se merece.
Es verdad que muchos asesinatos se cometen en un estado de ira incontrolable, y es verdad que hay personas que sufren momentos de enajenación transitoria y por tanto no son dueños de sus actos. Todo esto se tiene que evaluar en un juicio, con la ayuda de expertos en la materia. Sin embargo, esto no es aplicable a los asesinos que están integrados en organizaciones terroristas o mafiosas y matan profesionalmente. Las personas que viven del crimen organizado y friamente calculan el coste de matar a otros seres humanos evidentemente prefieren un país donde las penas son menores. Es por esta razón, entre otras, que las mafias se vienen a España, donde la Justicia es blanda con los criminales y dura con las víctimas.
Quinto argumento abolicionista: La pena de muerte es innecesaria, porque hoy en día, en la gran mayoría de países, hay cárceles muy seguras donde recluir a los delincuentes más peligrosos. La cadena perpetua es suficiente para que no supongan una amenaza para la sociedad.
Respuesta: Igual que el argumento que versa sobre el efecto disuasorio, este argumento es falaz, porque sólo plantea uno de los fines de la pena capital, como si no hubieran otros. Aparte de proteger a los ciudadanos de delincuentes peligrosos, la pena capital tiene la función de restituir el mal que se ha cometido, de rendir justicia; dar a cada uno lo suyo. Esto evidentemente no tiene nada que ver con la existencia de cárceles seguras.
Un problema con la cadena perpetua es lo que se ha visto hace poco en España con la sentencia del tribunal de Estrasburgo sobre la "doctrina Parot". Es decir que unos terroristas asesinos que fueron condenados a cientos de años de cárcel son soltados, porque un tribunal extranjero dicta que vulnera sus “derechos humanos” estar tantos años recluidos. Si en España hubiera existido la pena de muerte en los años 80 y 90, hoy no tendríamos este problema; a Inés del Río y sus compinches de la ETA se les hubiera condenado a morir por sus crímenes y hoy en día nadie estaría hablando de ellos. ¡Quizás hasta se hubieran arrepentido de sus pecados antes de morir y hoy estarían en el Cielo!
Además, el argumento de la cadena perpetua es un poco absurdo, porque supone que antes no existían cárceles donde hacer desaparecer a la gente. Los castillos medievales estaban dotados con mazmorras que poco tienen que envidiar a las cárceles modernas en cuanto a seguridad.
Sexto argumento abolicionista: La pena de muerte es inadmisible porque personas inocentes pueden ser ejecutadas por errores policiales o por fallos en el sistema judicial.
Respuesta: Este argumento como principio es falso, pero circunstancialmente podría ser cierto. Como principio no se puede descartar una ley sólo porque su aplicación podría crear injusticias no deseadas; depende de la magnitud de dichas injusticias, y si son compensadas por el bien que hace la ley. Si un gobierno se echara hacía atrás por temor a cualquier consecuencia negativa, nunca aprobaría ninguna ley. Por la misma lógica habría que abolir los impuestos, porque Hacienda se puede equivocar en el papeleo. Sin embargo, cuando las consecuencias negativas de una ley, que en teoría es justa, superan sus beneficios, es mejor no implantarla. No conviene ser dogmático en esto, porque es un tema prudencial que hay que considerar en cada caso. Imaginemos un país donde se ejecutan a mil personas en cien años, y a posteriori se descubre que dos de ellas son inocentes. En mi opinión, la pena de muerte aún sería plenamente justificada; primero, por los 998 criminales ejecutados merecidamente; y segundo, por el bien que estos castigos ejemplarizantes lograrían en la sociedad. Si, por otro lado, de aquellas mil personas resulta que la mitad son inocentes, evidentemente mejor sería no tener la pena capital.
Si un determinado país tiene un cuerpo policial manifiestamente corrupto, como México, donde según tengo entendido la policía está totalmente controlada por los carteles de la droga, y si el sistema judicial no da suficientes garantías de un juicio justo, es preferible que no exista la pena de muerte. En España creo que no se dan estas circunstancias, porque la mayoría de policías son básicamente honrados (siempre hay excepciones), y el sistema judicial, a pesar de ser muy lento y muy intervenida por la casta política, aún no es totalmente corrupto.
Argumento católico contra la pena de muerte en determinadas situaciones: La pena de muerte puede ser utilizada contra los católicos en la persecución contra la Iglesia.
Respuesta: En una sociedad anti-católica donde la religión mayoritaria no es la católica, o en una sociedad oficialmente atea, es mejor no tener la pena de muerte. En España, igual que en muchos países occidentales, hay brotes de anticlericalismo peligrosos, y todo indica que esto irá a más. Por lo tanto, podría ser contraproducente introducir la pena de muerte en España, porque de hacerlo no es descabellado vaticinar que se usaría como una arma más en la sistemática persecución de los católicos, promovida por el Poder. Naturalmente, por los mismos motivos, en los países islámicos y comunistas, por norma general es preferible no tener la pena capital.
Como conclusión a esta segunda parte, diría que en principio estoy a favor de la pena de muerte, igual que los Padres de la Iglesia, los grandes teólogos y Doctores, y los reyes de la Cristiandad. Sin embargo, dado que hoy la sociedad occidental se encuentra en plena descomposición, y de iure y de hecho ha dejado de ser católica para convertirse en atea , creo que prudencialmente puede ser mejor que el Poder no disponga de la pena de muerte, pensando en un tiempo no muy lejano, cuando se desate la persecución abierta contra los católicos.
NOTAS
[1] La alianza entre Dios y Noé fue con la
Humanidad entera, dado que todos descendemos de los tres hijos de Noé.
Los estudios antropológicos confirman esta alianza; no hay una sola
nación o tribu a lo largo de la Historia que no haya utilizado la pena
de muerte para el asesinato, mostrando que es una ley inscrita en el
corazón humano, sean cristianos o infieles. (Nuestra sociedad
post-moderna es una excepción muy notable en este punto). Otra cosa son
los incontables abusos que se han cometido con la pena capital. Pero no
debemos olvidar que el abuso de una norma no deslegitima una norma en
sí.
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